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EL
CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA
Caracas,
26 de Julio de 1941 Número
20.549
Decreta:
La
siguiente,
LEY
DE CASTRACION Y DE CERCAS EN GANADERIA
Título
I: De la Castración
Capítulo I: Disposición General
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Artículo
1º.-
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A
los fines de esta
Ley, el procedimiento
de la castración
debidamente reglamentada, perseguirá objetivos zootecnicos
e industriales en la Ganadería venezolana.
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