|
GACETA
OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE VENEZUELA
Caracas,
viernes 10 de agosto de 1990
Número 34.528
EL
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE VENEZUELA
Decreta:
la
siguiente,
LEY
DEL INSTITUTO DE OFICIALES DE LAS FUERZAS ARMADAS NACIONALES EN SITUACIÓN
DE RETIRO
Capítulo
I: Constitución, Objeto y Domicilio
|
Artículo
1.-
|
El
Instituto de Oficiales de las Fuerzas Armadas en situación de
retiro, es un organismo de carácter público, con personalidad
jurídica y patrimonio propio, independiente del Fisco Nacional,
creado con el objeto de agrupar a todos los Oficiales que se
encuentren o pasen a dicha situación, estimular su mutuo
acercamiento y fortalecer los vínculos de fraternidad que deben
existir entre los miembros de la institución armada y, a través
de los organismos correspondientes procurarles medios de bienestar
económico, social y cultural.
|
|
Artículo
2.-
|
El
domicilio del instituto será la ciudad de Caracas; pero podrá
establecer, de acuerdo a sus necesidades, secciónales en
cualquier otra ciudad de la República.
|
|