Capítulo I: De
los delitos contra los recursos o materiales estratégicos
Tráfico ilícita de metales, piedras preciosas o
materiales estrategia
Artículo 3.
Quienes
trafiquen o comercialicen ilícitamente con metales, piedras
preciosas o materiales estratégicos, nucleares o radiactivos,
sus productos o derivados, serán castigados con prisión de tres
a seis años.
A los efectos
de este articulo, se entenderá por recursos o materiales
estratégicos los insumos básicos que se utilizan en los procesos
productivos del país.