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Ejercicio
progresivo de los derechos y garantías.
Se
reconoce a todos los niños y adolescentes el ejercicio personal de sus
derechos y garantías, de manera progresiva y conforme a su capacidad
evolutiva. De la misma forma, se le exigirá el cumplimiento de sus
deberes.
Parágrafo
Primero: Los padres, representantes o
responsables tienen el deber y el derecho de orientar a los niños y
adolescentes en el ejercicio progresivo de sus derechos y garantías, así
como en el cumplimiento de sus deberes, de forma que contribuya a su
desarrollo integral y a su incorporación a la ciudadanía activa.
Parágrafo
Segundo: Los padres, representantes o
responsables tienen el deber y el derecho de orientar a los niños y
adolescentes en el ejercicio progresivo de sus derechos y garantías, así
como en el cumplimiento de sus deberes, de forma que contribuya a su
desarrollo integral y a su incorporación a la ciudadanía activa.
Los
niños y adolescentes en condición de retardo mental ejercerán sus
derechos hasta el límite de sus facultades.
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