LEY DE NACIONALIDAD Y CIUDADANÍA
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Título II: De la Nacionalidad Venezolana por Nacimiento

Capítulo I: De la Adquisición
 

Nacionalidad venezolana por naturalización

Artículo 9.-

Son venezolanos y venezolanas por nacimiento:

1. Toda persona en territorio de la República.

2. Toda persona nacida en territorio extranjero, hijo o hija de padre venezolano y madre venezolana por nacimiento.

3. Toda persona nacida en territorio extranjero, hijo o hija de padre venezolano por nacimiento o madre venezolana por nacimiento, siempre que establezca su residencia en el territorio de la República o declare su voluntad de acogerse a la nacionalidad venezolana.

4. Toda persona nacida en territorio extranjero de padre venezolano por naturalización o madre venezolana por naturalización, siempre que antes de cumplir dieciocho (18) años de edad establezca su residencia en el territorio de la República, y antes de cumplir veinticinco (25) años de edad declare su voluntad de acogerse a la nacionalidad venezolana.

Declaración de voluntad

Artículo 10.-

 

La declaración de voluntad de acogerse a la nacionalidad venezolana formulada por los hijos o hijas nacidos en el exterior, de padre o madre venezolanos por nacimiento o por naturalización, se hará conforme con lo dispuesto en el Reglamento de esta Ley y se inscribirá en el Registro Civil de la jurisdicción del último domicilio de sus padres en el territorio de la República.

Prueba de la nacionalidad

Artículo 11.-

 

Son documentos probatorios de la nacionalidad venezolana:

1. La partida de nacimiento.

2. La cédula de identidad.

3. La Carta de Naturaleza publicada Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

4. El pasaporte.

5. Cualquier otro documento que, a juicio del órgano competente en materia de nacionalidad y ciudadanía, demuestre la nacionalidad venezolana.

Imposibilidad de privación de la nacionalidad Venezolana por nacimiento

Artículo 12.-

 

La nacionalidad venezolana por nacimiento no podrá ser revocada o suspendida, ni de alguna otra forma disminuida o privada por ninguna autoridad.

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